Quién tiene la culpa en un choque marcha atrás

En los siniestros viales siempre hay un culpable, ya sea por un error humano o por algún desperfecto mecánico. Sin embargo, en algunos casos puntuales encontrar la parte culpable puede resultar difícil. En la mayoría de los casos cuando un conductor —que transita hacia adelante— le choca la parte trasera a un tercero, es el responsable, ya que no mantuvo la distancia de frenado. Ahora bien, qué pasa cuando ocurre lo inverso y un vehículo choca a otro mientras circula de reversa.

La Ley de Tránsito 24.449 en su artículo 48 afirma que está prohibido circular de reversa salvo en los siguientes casos: para estacionar, para salir de un garaje y en una calle sin salida.

A su vez, detalla que quien conduce de reversa debe cederle el paso a quien transita por la vía. Para ejemplificar, en el caso hipotético de que un conductor sale marcha atrás de su casa y choca con otro que circula con normalidad, la culpa la tiene quien salió de reversa por no dar la prioridad correspondiente.

El conductor que maneja marcha atrás debe ceder el paso, según la leyShutterstock

En el resto de los casos en los que no está habilitado ir marcha atrás, no hay discusión; además de que el conductor que circula de reversa está en infracción, también sería el culpable del siniestro. Ahora bien, si los dos vehículos involucrados en un choque circulaban de reversa, la culpa sería compartida.

Otra excepción a la regla de la ley mencionada, es cuando un conductor mientras realiza la maniobra para estacionar marcha, atrás golpea a un tercero que está estacionado. En esta ocasión, por más de que según la ley está habilitado ir de reversa para estacionar, la culpa la tiene el que está en movimiento, no el que está estacionado.

Por último, para minimizar los riesgos de un siniestro, LA NACION elaboró una serie de recomendaciones:

LA NACION

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