Piden la nulidad y sobreseimiento de Jorge Rodríguez después de que Brasil anuló pruebas
La defensa del empresario Jorge “Corcho” Rodríguez solicitó la nulidad y el sobreseimiento en el marco de la causa denominada «Lava Jato», refiriéndose a la “inutilidad” de las pruebas obtenidas en los expedientes donde se investigó a la firma Odebrecht.
El 5 de febrero, el Tribunal Oral Federal 7 (TOF 7) que tiene la responsabilidad de llevar adelante el debate público en los casos donde se investigó al gigante brasileño por un presunto circuito de sobornos a ex funcionarios kirchneristas, notificó a las partes de una decisión clave de Brasil: declarar nulas las pruebas del caso.
Esas pruebas referían a una metodología de pago de coimas para ganar obras.
La justicia federal, además, investigó irregularidades administrativas como direccionamiento de los contratos, licitaciones amañadas, sobrecostos, redeterminaciones de precios.
Después de tres comunicaciones enviadas por Brasil desestimando las pruebas, el TOF 7 corrió vista a todas las partes sobre estas resoluciones.
Fue en ese contexto que los abogados Alejandro Novak y Eugenio Blanco, representantes del empresario Jorge Rodríguez, plantearon que a la luz de lo expuesto por el Superior Tribunal de Justicia de Brasil, correspondía presentar “el planteo de nulidad de lo actuado y en mérito a las consideraciones que se realizarán infra, a solicitar el sobreseimiento de nuestro defendido”, sostiene el escrito al que accedió Clarín.
Teniendo en cuenta la posibilidad de que el Tribunal integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero, no hagan lugar a dicha petición, los abogados defensores requirieron que los planteos de la justicia brasileña, sean incorporadas como pruebas para el debate oral y público.
Al momento de argumentar dicha petición, la defensa primero se refirió al criterio de uno de los jueces de Tribunal Oral, José Michelini, cuando el caso del Memorándum con Irán, sobreseyó a Cristina Kirchner. “Se ha decidido que es posible dictar sobreseimiento siempre que para adoptar tal temperamento no sea necesaria la realización del debate oral y que el motivo de su dictado aparezca como “evidente”, a partir de la examinación de ´nuevas pruebas´ producidas en las actuaciones (voto que el juez Michilini en la causa del “Memorándum”)”.
En otros términos, los abogados manifestaron: “Resulta imperativo dictar el sobreseimiento del imputado cuando surja en forma evidente a partir de nuevos elementos que aparezcan con posterioridad a los requerimientos de elevación a juicio, que resulta superfluo abrir una discusión en el marco de la audiencia de debate”.
La resolución obtenida por el Tribunal Superior de Justicia de Brasil y sus posteriores notificaciones, son consideradas como parte de los nuevos elementos que a entendimiento de los abogados, hace caer las acusaciones contra Rodríguez. “La declaración de nulidad -insanable- de las pruebas que constituyen el único cauce investigativo de la causa, tornan imprescindible poner fin al proceso”, señalaron en el escrito.
Al reforzar este argumento, se expuso que realizar un juicio cuando “se encuentra fuera de toda posible discusión la falta de validez de las pruebas en las que se basó la acusación importa un dispendio jurisdiccional y una lesión de los derechos del justiciable que en nada se compadecen con un adecuado servicio de administración de justicia”.
En este sentido se recordó que el Superior Tribunal de Brasil decidió -con motivo de un planteo sustanciado por los abogados del empresario- “hacer extensivos a las presentes actuaciones, y otras sustanciadas en el país, los efectos de las decisiones tomadas en punto a la invalidez de las pruebas producidas en aquel país en los procesos conocidos como “lava jato” y los acuerdos celebrados con otros países, entre ellos los Estados Unidos de América”.
Asimismo ordenó la prohibición de practicar, en territorio brasileño cualquier acto de investigación o de cooperación sobre la base de esta que se remita al Gobierno de Argentina.
Dando más detalles sobre ese criterio, se recordó que el 7 de agosto de 2024, con carácter de firmeza en los procesos seguidos contra el empresario en el país vinculados a la firma Odebrecht, “ se señaló que las pruebas utilizadas contra el Sr. Rodriguez derivan del Acuerdo de indulgencia nro. 502015-34.2017.4.04.7000 («ACUERDO DE CLEMENCIA»), firmado por ODEBRECHT con el Ministerio Público Federal y compartido -en alguno de los procesos- con la República Argentina, carecían de validez”.
La defensa indicó que durante la etapa de instrucción a cargo del juez Sebastián Casanello y el fiscal Federico Delgado, “tenían como fuente documentos secretos de la investigación “Lava jato” a los que había accedido el diario La Nación. No hubo varios cauces de investigación sino uno solo, cuya vertiente original estuvo viciada y contaminó todo su curso”.
Finalmente, recordaron que el 5 de mayo de 2022, la fiscalía señaló: “Este sumario estuvo envuelvo, los últimos años, en el ecosistema “Lava Jato”. Se esperaba que los avances del sistema judicial de
Brasil derramen pruebas en estas tierras. Esas pruebas deberían llegar por los sistemas legales de colaboración entre los estados. Para decirlo con toda nitidez. Las pruebas que “podrías” aportar algún dato/indicio a la causa yacen en una especulación”, remarcó la defensa.
La especulación, continúa desarrollando el escrito, “las expectativas que generó, genuinamente, en las partes el caso conocido como Lava jato”. No obstante, hasta la hora presente, entienden los abogados la fiscalía sólo se basó en dichos periodísticos.
“Pese a los esfuerzos realizados por esta parte nunca tuvimos una noticia específica, oficial y pasible de asir sobre la existencia de pruebas en el vecino país útiles para este expediente”.
Las pruebas descartadas
En Estados Unidos el gigante brasileño, firmó la delación premiada y en la declaración de uno de sus principales directivos -Marcelo Odebrecht-, se desprende el circuito de coimas. Parte de esas confesiones fueron discutidas en la sede judicial de Brasil. A su vez, que los pagos fueron realizados «a intermediarios» que después derivaban dichos fondos a funcionarios. Todo estuvo vinculado a tres grandes proyectos de infraestructura «en los que Odebrecht tuvo beneficios por 278 millones de dólares».
En ese contexto, en Comodoro Py hay tres causas sobre licitaciones adjudicadas a la constructora brasileña, sospechadas de irregularidades administrativas, sobreprecios y pago de sobornos. Entre ellas las plantas potabilizadoras realizadas por AYSA que instruyó el juez Sebastián Casanello y ya fue enviada a juicio oral, la ampliación de gasoductos que tramitó en el juzgado de Daniel Rafecas y la que se concentra en la obra del Soterramiento del Tren Sarmiento a cargo del magistrado Marcelo Martínez De Giorgi, aún en etapa de instrucción y sin resolución procesal de los acusados.
En función de los argumentos que el abogado de Jorge Rodríguez, investigado en el caso que instruyó Casanello, como en la causa por la licitación del Soterramiento del Tren Sarmiento que fue adjudicada a IECSA, propiedad en ese momento de Ángelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri, IECSA, expuso ante el Superior Tribunal de Justicia brasileño, el ministro Dias Toffoli, expresó: “puedo observar que la parte solicitante responde a la acción penal que utiliza pruebas consideradas inútiles por esta Corte Suprema en las sentencias dictadas en Rcl 61.387 y Rcl 43.007, por lo que debe ser admitida, al menos en parte, la reclamación”.
La referencia citada por la justicia Brasil se posa sobre los dos expedientes en los que, según explica el exhorto “declararon la inutilidad, respecto de los denunciantes originales, de las pruebas obtenidas de los sistemas DrousysEsMi Web Día B, utilizado en el Acuerdo de Clemencia firmado por Odebrecht”. Se trata de las declaraciones obtenidas bajo el sistema de delación premiada que es la figura que en la justicia argentina tiene el imputado colaborador.
Los términos de dicha resolución fueron enviados a Comodoro Py, y en las mismas se detalló que las pruebas utilizadas en los casos argentinos y que involucran puntualmente a Rodríguez, se trata de elementos considerados “de inutilidad”, explica el texto judicial, ya que así “fue declarada inicialmente por el entonces Eminente Ministro Relator, Dr. Ricardo Lewandowski, debido a una grave violación de la cadena de custodia”.
Los sistemas Drousys y MyWebDay de Odebrecht que constituyeron parte de la prueba utilizada en expedientes penales en más de un país de la región, responden al almacenamiento de datos en los Estados Unidos, “todo ello al margen de la legislación. El sistema MyWebDay consistiría en una versión del sistema informático contable de Odebrecht a través del cual se generaban y alimentaban hojas de cálculo para, supuestamente, controlar y organizar la operacionalización del pago de ventajas indebidas”, explicó el funcionario del Superior Tribunal de Justicia.
Por su lado, el sistema Drousys, consistiría en un “entorno virtual confidencial destinado al almacenamiento de archivos y la comunicación entre los miembros del equipo del ‘Departamento de Operaciones Estructuradas’ y entre estos y los operadores financieros (cambistas y controladores de cuentas en el extranjero, por supuesto). para supuestamente permitirles intercambiar mensajes instantáneos y correos electrónicos sobre los hechos ilícitos. (…)”.
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