Más presión fiscal para las pymes y más beneficios fiscales para grandes contribuyentesOPINIONPor Guillermo Michel

Mediante la Resolución General (AFIP) 5321/2023 el fisco había establecido un Régimen de facilidades de pago de obligaciones tributarias con un esquema escalonado de beneficios teniendo en cuenta el tamaño de las empresas.

De esta manera, la tasa de financiación de los planes de pagos era menor para las pymes y Medianas Empresas respecto de las de los Grandes Contribuyentes:

La semana pasada, el Ministerio de Economía publicó la Resolución 199 fijando la tasa de interés resarcitorio (artículo 37 de la Ley N° 11.683) en el cuatro por ciento (4%) mensual, modificando la tasa actual prevista en la Resolución del Ministerio de Economía 3/2024.

En el mismo sentido la RG 5656/2025 –publicada también en el Boletín Oficial– eliminó el beneficio de reducción de tasa de financiación que tenían las pymes estableciendo en el Anexo la misma tasa de financiación “flat” equivalente al 100% de los intereses resarcitorios, cualquiera sea el tamaño de la empresa.

A partir de esta decisión del Gobierno ocurren tres cuestiones relevantes:

Si se proyecta en función a los números históricos el “stock” de deuda y de planes de financiación con el fisco, vemos que a diciembre de 2024 el acumulado de deuda con el fisco es de $1 billón y que el 85% de ese monto se concentra en empresas grandes.

Sin embargo, nueve (9) de cada diez (10) planes –cantidad de CUITs– corresponden a Micro y Pequeñas Empresas (incluyendo monotributistas), esto debido a la mayor dificultad que cuentan para acceder a préstamos financieros.

Estos números muestran que la medida del Gobierno es regresiva: beneficia a pocos contribuyentes con un costo fiscal sustancial.

Es válido el argumento del Gobierno de bajar la tasa de financiación con el Estado, lo que no hace a un sistema tributario progresivo es ayudar mucho a unos pocos.

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