El Gobierno promulgó la Ley 27.819 y puso en vigencia el tratado firmado en 2023. El convenio establece una zona de libre comercio para bienes y servicios y prevé una reducción progresiva de aranceles.
El Gobierno nacional promulgó la ley 27.819, mediante la cual el Congreso ratificó el Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y la República de Singapur, que establece un marco de intercambio comercial entre el bloque regional y el país del sudeste asiático.
El tratado entró en vigor con la publicación del Decreto 1010/2026 y contempla la creación de una zona de libre comercio para bienes y servicios. El acuerdo había sido firmado el 7 de diciembre de 2023 en Río de Janeiro, Brasil, y establece reglas en línea con las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Uno de los principales aspectos del convenio es el esquema de reducción progresiva de aranceles. El cronograma contempla desde la eliminación total de los derechos de importación una vez que el acuerdo entre en vigencia hasta períodos de desgravación de 15 años para determinados sectores. Además, se prohíben nuevos aumentos de los aranceles aplicados a bienes originarios de las partes.
El acuerdo también incorpora mecanismos destinados a facilitar las operaciones comerciales y reducir costos administrativos. Entre ellos se encuentra el ingreso sin aranceles de muestras de valor insignificante y la admisión temporal, con suspensión de tributos, de equipos profesionales, bienes destinados a ferias y determinados materiales de transporte.
A su vez, se simplifican los procedimientos para mercaderías enviadas al exterior para su reparación, que podrán reingresar siempre que conserven su función original.
El convenio establece además reglas para las licencias de importación y exportación y limita las restricciones cuantitativas que no estén justificadas. En caso de que alguna de las partes adopte medidas restrictivas sobre productos alimentarios considerados críticos, deberá comunicarlo previamente y responder las consultas técnicas dentro de un plazo máximo de 30 días.
Para controlar la aplicación de las reglas de origen y las condiciones de acceso a los mercados se creó un Subcomité de Comercio de Bienes y Reglas de Origen, que tendrá a su cargo la coordinación de consultas técnicas y la elaboración de recomendaciones frente a eventuales diferencias en materia de clasificación arancelaria.
Desde la Cancillería señalaron que el acuerdo también apunta a ampliar el flujo de inversiones. En ese sentido, destacaron el potencial de Singapur para atraer capitales destinados a sectores vinculados con la provisión de minerales y las fuentes de energía.
El secretario de Relaciones Económicas Internacionales, Fernando Brun, sostuvo que el convenio constituye una plataforma para captar inversiones y destacó el tamaño del fondo de inversiones de Singapur, cuyos activos se ubican cerca de los 100.000 millones de dólares. Según explicó, actualmente apenas el 4% de esos fondos se dirige hacia América Latina.
Durante el tratamiento legislativo, el senador Francisco Paoltroni respaldó la apertura comercial como una herramienta para reducir el rezago en el intercambio, mientras que otros legisladores, entre ellos Jorge Capitanich, plantearon la necesidad de reforzar los controles técnicos a través de organismos como el INTA y el INTI.
La normativa lleva las firmas de Victoria Villarruel y Martín Alexis Menem y quedó incorporada al Registro Oficial tras su promulgación.

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