Diputados opositores intentaron frenar la jura de García Mansilla a último momento pero la Corte Suprema lo rechazó

Un grupo de diputados opositores, encabezados por el ex juez federal Fernando Carbajal, intentó sin éxito frenar a último momento la jura de Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema a través de una petición al presidente del cuerpo, Horacio Rosatti, para que se abstuviera de hacerlo hasta que su pliego y el de Ariel Lijo sean aprobados por el Senado.

Sin pronunciarse, en los hechos los miembros de la Corte rechazaron ese reclamo ya que este mediodía procedieron a tomarle juramento al ex decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, designado en comisión por el presidente Javier Milei a través de un decreto de necesidad y urgencia.

Además, adelantaron que la designación del polémico juez federal Ariel Lijo, nombrado por Milei en el mismo DNU, será tratada en el próximo Acuerdo de la Corte, el 6 de marzo.

El escrito lleva las firmas de Carbajal, Margarita Stolbizer, Pablo Juliano, Jorge Rizzoti, Manuel Aguirre y Marcela Coli, en su mayoría diputados del bloque radical Democracia para siempre, que conduce Juliano y se referencia en la figura de Facundo Manes.

«Solicitamos a la Corte que no tome juramento a Lijo y García Mansilla. No fuimos escuchados. García M. empieza mal. Ya regaló su proclamada honestidad. Dijo que designar jueces en comisión estaba mal. Esperamos que se frene la designación de Lijo», criticó el formoseño Carbajal, tras la jura del nuevo integrante de la Corte.

Los diputados opositores sostienen que no están dadas las circunstancias de excepcionalidad que marca la ley para designar jueces en comisión y hablan de «un conflicto de poderes de imprevisibles consecuencias» y un «daño enorme al debido funcionamiento institucional».

Los firmantes, en ejercicio del cargo de representación política que ejercemos como Diputados de la Nación y en salvaguarda del orden republicano y el estado de derecho constitucional, venimos por este acto a solicitar a la Corte Suprema rechace la designación realizada por el Poder Ejecutivo Nacional de dos (2) jueces de esa Corte en comisión en ejercicio abusivo de las facultades presidenciales, causando un conflicto de poderes de imprevisibles consecuencias y de daño enorme al debido funcionamiento institucional», reclaman.

La Corte le tomó este mediodía juramento como ministro al Manuel José Garcia Mansilla nombrado por decreto por Milei.

«La inconstitucionalidad de la decisión presidencial de designar los reemplazos de la Corte deviene del ejercicio abusivo de facultades que son le son propias, pero que no resultan aplicables al caso. Como ha señalado calificada doctrina, se requieren cuestiones de excepcionalidad para que la facultad de designar jueces en comisión pueda ser ejercida», señalaron.

En su DNU, Milei hizo un extenso recorrido histórico de todos los presidentes que desde 1853 nombraron jueces en comisión. Según su raconto, hubo un total de 186 nombramientos de jueces federales de esa manera, sin acuerdo del Senado, en más de 170 años de historia.

En su recurso, que fue presentado en las últimas horas marca: “¿Cuándo un Presidente o Presidenta puede ejercer dicha facultad sin violar la Constitución? En la medida que exista una situación objetiva de extrema necesidad y urgencia, la cual no dependa de la mera conveniencia política coyuntural del poder de turno. En la medida que la Corte Suprema de Justicia funcione jurisdiccionalmente (aún con la necesidad de tener que designar conjueces-jueces para ciertos casos) no existen razones ni situaciones que justifiquen la utilización del mecanismo alternativo para la designación de sus integrantes”.

Los diputados opositores esgrimen que en ningún momento el decreto 137/2025 invoca ni describe circunstancias de urgencia. «Todas las elucubraciones sobre las dificultades de integración de la Corte que realiza el Decreto constituyen una justificación de la intromisión indebida en el ámbito de reserva del Poder Judicial, para intentar justificar la decisión política del Presidente de la Nación de incumplir con las normas constitucionales aplicables al caso», explican.

En su cuestionamiento, ponen en debate la preocupación real del Ejecutivo por el funcionamiento correcto de la Justicia y dan el ejemplo del Procurador General de la Nación, ocupado interinamente por Eduardo Casal desde la renuncia de Alejandra Gils Carbó durante el gobierno de Mauricio Macri, en 2017. «El cargo de Procurador General de la Nación está vacante desde hace más de ocho años y sin embargo este presidente siquiera a enviado un pliego de candidato o candidata a ese cargo. Cabe señalar que el Ministerio Publico es una organización piramidal con un titular unipersonal, y pese a esa vacancia, viene funcionando conforme el sistema de subrogación existente».

«Esta claro que no es lo deseable, pero funciona. Es absurdo y contradictorio que se alegue urgencia y situación extraordinaria para designar dos jueces de una corte de cinco, y ni siquiera se haya propuesto una designación para un cargo de un órgano extra poder unipersonal, vacante desde hace ocho años», argumentan.

Para cuestionar la posible jura de Lijo, que será sentado en la apertura de sesiones del sábado 1 de marzo como un integrantes más de la Corte Suprema, los diputados que objetan su ingreso al tribunal marcan que no puede hacerse hasta tanto el magistrado renuncie a su cargo. Es decir que, según interpretan, no es legal que jure designado por DNU en comisión y en uso de licencia en su cargo de juez federal de Comodoro Py.

Ariel Lijo. Foto Rolando Andrade StracuzziAriel Lijo. Foto Rolando Andrade Stracuzzi

Creen necesario que «en caso de avanzar con la toma de juramento, en el caso del Juez Lijo se le exija previamente la presentación y aceptación de la renuncia al cargo de Juez Federal, rechazando además cualquier pretensión de ‘licencia por cargo de mayor jerarquía’ que pretenda invocarse, pues ello causara un enorme daño al impedir avanzar con la cobertura de la vacante del cargo que actualmente ejerce».

Polémica por la vacante de Highton

Un dato más es que uno de los jueces asume en reemplazo de Elena Highton de Nolasco, que dejó la Corte en octubre de 2021, es decir hace más de 3 años. Tal como presentó el gobierno, en un primero momento se encuadro el pliego de Ariel Lijo como reemplazante de Nolasco y el de García-Mansilla como sucesor de Maqueda, previendo su retiro de la Corte por jubilación al cumplir los 75 años, a fines de diciembre de 2024, ya en receso legislativo.

Así también lo marca uno de los considerandos del DNU 137/25: Lijo entra por Highton y García-Mansilla por Maqueda. Sin embargo, los diputados dudas sobre ese orden debido a la manera en que algunas partes del nombramiento en comisión se poner en primer lugar a Garcia-Mansilla (es decir como ocupando la primera vacante, es decir la de Highton) y luego a Lijo (como llegando al asiento de Maqueda).

Error de tipeo o hecho adrede, esa concatenación en el decreto produce un incordio ya que aquel se sea el reemplazante de Highton no encuadra con lo que dice el artículo 99, inciso 19 de la Constitución para la designación de jueces en comisión.

Según explicaron en su escrito, ese punto marca que son necesarias dos condiciones: que el Senado se halle en receso, y que la vacante haya ocurrido durante ese receso, de modo tal que resulte imposible cumplir con el pedido de acuerdo.

Por lo tanto, aquel que asumiera en lugar de Maqueda, no tiene visos de inconstitucionalidad, pero sí el que lo haga por Highton, cuya salida de la Corte no cumple esos requisitos y data de hace varios años. «Es decir que esa vacante [la de Highton] no ocurrió ‘durante el receso’ del Senado, por la cual dicha atribución no puede ser ejercida y debe indefectiblemente pasar por el Senado».

Además, apuntan a García-Mansilla, puesto en funciones este mediodía, horas después de la presentación de este recurso reclamando que no jure, por una cuestión de caracter personal: dicen que en la comisión de Acuerdos del Senado el propio García-Mansilla había dicho que no asumiría en comisión.

Video

El día que Manuel García Mansilla dijo que no iba a aceptar un nombramiento por decreto

«El entonces candidato fue preguntado por este tema, y dijo que no asumiría en comisión como Juez de la Corte, seguramente en pleno conocimiento de los argumentos jurídicos arriba expuestos. Hemos de confiar – por ahora – en la reconocida y proclamada integridad personal del candidato García Mansilla, por lo cual seguramente expresara en la oportunidad correspondiente su negativa a prestar juramento para asumir el cargo», escribieron.

Y le dejaron un pedido extra a Rosatti: «Para el improbable caso que así no fuera, deberá V.E. aplicar la doctrina de los propios actos y obligarlo a cumplir su palabra, esperando paciente el acuerdo del Senado, tal como se comprometió personalmente ante dicho cuerpo, siendo la declaración de un candidato a la Corte Suprema vertida en el ámbito de una audiencia pública en el Senado de la Nación un acto jurídicamente relevante que implica asumir compromisos jurídicos exigibles».

Dudas opositoras y el plan del Gobierno

Las dudas en torno al «conflicto de poderes de imprevisibles consecuencias» que tiene la oposición son varias, pero pueden traducirse en algunas preguntas, según enumeraron a Clarín fuentes legislativas.

¿Este antecedente de nombrar jueces en comisión por un año habilita al Presidente a nombrar a otros dos jueces en comisión si no logra tener los votos en el Senado para aprobar los pliegos de Lijo y Mansilla? ¿Qué pasa si uno de los pliegos de los nuevos jueces de la Corte son rechazados?

¿Siguen en su cargo hasta que termine el mandato en comisión o cesa su cargo si la Cámara Alta los vota en contra? ¿Qué ocurre con los fallos que firmen los ministros en comisión en caso de que se rechace sus pliegos? ¿Son legales o pueden ser objetados?

Otra pregunta que surge como punto conflictivo es: ¿pueden los jueces en comisión ser pasibles de juicio político y, por ende, objeto de un proceso de destitución? En ese caso, qué actitud tomará la oposición más dura al nombramiento.

Y una más, ya más vinculada con una posible reacción del kirchnerismo: ¿insistirán en tratar en el recinto el pedido de destitución de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti que fue firmado por la comisión de juicio político a fines de 2023? ¿Pueden sumar a esas acusaciones la jura de jueces en comisión en la Corte? ¿Qué ocurre si reúnen los dos tercios para forzar su debate y tratan el juicio político? Interrogantes.

Ajeno a todo tipo de resistencia y cuestionamientos, el Poder Ejecutivo avanza sin esperar formalidades y ya avisó que el 1 de marzo, en la apertura de sesiones ordinarios del Congreso, Lijo estará sentado junto a Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Manuel García-Mansilla, aún sin haber jurado como supremo.

Quizás lo más elocuente del sendero que sigue Casa Rosada, más allá de los cuestionamientos institucionales, sea un mensaje en X de la cuenta atribuida al asesor presidencial Santiago Caputo: @MileiEmperador. «TMAP«, escribió. Todo marcha de acuerdo al plan.

Los comentarios están cerrados.