«Contra la falsa denuncia no se puede nada»: la admisión de una jueza y dos ejemplos que confirman la desidiaPor Claudia Peiró
Abogada: Doctora, le hago una consulta. Cuando se presenta la medida, la solicitud, ¿ustedes analizan los hechos como para determinar el plazo, por ejemplo, de la perimetral…?
Jueza: No hace falta.
Así, rápida y contundente, es la respuesta que da la jueza María del Rosario Rocca, titular del Juzgado de Familia n° 6 de La Plata y subrogante en el n°3, a la consulta que le hace la abogada Erica Luna durante el “Taller práctico sobre violencia económica y violencia simbólica”, organizado por el Colegio de la Abogacía de la capital bonaerense, grabado en video y subido por la misma entidad a su página web.
Poco antes, Rocca había dicho: “Contra la falsa denuncia no se puede nada, ¿está?” El asombro fue tal que se escucha de fondo a una persona que la cámara no muestra y que exclama: “¡Ah… bueeeno!” Esta misma persona admite luego con resignación: “En el foro de familia, no se comprueba ningún hecho, simplemente se pone paños fríos”.
El tema aparece varias veces, a lo largo de las casi dos horas que dura el taller, ya que varios muchos participantes se muestran preocupados por ver cómo limitar el alcance de ciertas medidas, y cuando la Jueza de familia reitera “no es mi tarea (corroborar los hechos), no es el objeto del proceso de violencia, básicamente”, otra asistente admite que las denuncias son tomadas como válidas y que “ante la falsedad, que sabemos”, tendrían que pasar el tema al fuero penal, “porque yo en mi fuero jamás voy a comprobar que es mentira, porque la ley no está para eso, está para poner paños de agua fría por la verdad o por la mentira que sea”.
Efectivamente, el “no hace falta” [corroborar la veracidad de los dichos] pronunciado con tanta soltura por Rocca, confirma que en el fuero de familia, una mera denuncia -de violencia de cualquier tipo- basta para dictar una orden de restricción contra el progenitor señalado, una perimetral o prohibición de acercamiento, que corta de cuajo los vínculos parento filiales, con consecuencias costosas e irreversibles para la salud psicofísica de los afectados y en especial de los menores.
En los juzgados de familia se acumulan los litigios por la tenencia y régimen de visita de los niños de padres separados. El crecimiento es exponencial, porque la gente se divorcia con mucha más frecuencia y facilidad que antes, pero también por el sesgo de género implantado en los últimos años en la justicia; el ”yo te creo hermana” que ha contaminado estas causas asimilando toda denuncia a una condena.
“La Ley no es mala, pero no se cumple”, decía a Infobae hace un par de años el ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Mizrahi. Ante una denuncia de violencia familiar, los jueces tienden a cubrirse dictando de inmediato una cautelar que excluye abruptamente al progenitor denunciado de la vida del niño. En cambio, rara vez cumplen con el siguiente paso que fija la norma y que debe darse a las 48 horas de dictada la cautelar: una audiencia para escuchar a la parte denunciada. Esto es crucial, decía Mizrahi, porque cualquier magistrado con algo de experiencia puede percibir la veracidad de una denuncia.
Hay un tipo de falsa denuncia que es el más frecuente y el que los jueces podrían más fácilmente desmontar: la denuncia exagerada. “¿Usted le gritó a su hijo/a?” “Quizás, sí, alguna vez me habré descontrolado”. Maltrato infantil. Abuelos o tíos intentan un acercamiento, como llevarle un regalo al colegio el día del cumpleaños; la otra parte denuncia acoso. Violencia psicológica. “¿Usted le bajó los pantalones a su hijo?” “Sí, ¡para que haga pis!” Abuso infantil. Aspectos de la vida cotidiana son mirados bajo una lente intencionadamente deformante.
Los plazos de las cautelares se eternizan porque la desidia y la ideología se combinan con la falta de recursos ante una litigiosidad creciente. Esto facilita el accionar de ex parejas movidas por el rencor, que encuentran además soporte en abogados y psicólogos inescrupulosos y en jueces que en algunos casos están desbordados y en otros hacen gala de desidia. Como admite Rocca en el taller, optan por la vía más fácil, que es cortar los vínculos.
“Una denuncia puede ser muy falsa como muy verdadera -decía Mauricio Mizrahi, quien hace poco presidió un Congreso Internacional sobre alienación parental-. Abuso, maltrato, lesiones, puede ser mentira o verdad. Es tarea del tribunal investigar. La ley autoriza al juez a dictar la medida inmediata, pero también le ordena citar al denunciado dentro de las 48 horas con lo cual éste puede ir y decir ‘la verdad es ésta, yo no hice tal cosa, o tal otra’ y el juez inmediatamente levanta la medida. Hay un olfato, uno está acostumbrado a esto y cuando no le ve mucha verosimilitud a la denuncia lo que hace es reemplazar la prohibición por un sistema de comunicación asistida o supervisada. Se nombran trabajadoras sociales para que, hasta que quede dilucidado el tema, la persona por lo menos vea a los hijos unas horas dos veces por semana por ejemplo”.
Pero en la práctica, aun percibiendo la mendacidad (“la falsedad que sabemos”), se cortan los vínculos.
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