Alberto Fernández pidió postergar su indagatoria en la causa por violencia de género, pero el juez lo rechazó
El expresidente Alberto Fernández está citado para este martes a las 11 de la mañana en carácter de imputado, en la causa por violencia de género que se inició tras la denuncia penal que interpuso Fabiola Yañez y la Justicia acaba de rechazar una maniobra para volver a postergar la presentación.
El juez federal Julián Ercolini lo citó a indagatoria, pero este lunes la abogada, Silvina Carreira interpuso un escrito para postergar su presentación. El magistrado en una breve resolución no hizo lugar a los argumentos de la defensa.
«En cuanto al pedido de postergación y reprogramación de la audiencia de indagatoria fijada respecto del nombrado Fernández para el día de mañana 4 de febrero del corriente año, no haré lugar a lo solicitado», sostiene la resolución del juzgado a la que accedió Clarín.
De esta manera, se sostuvo que la indagatoria por los delitos de lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja, debe celebrarse como estaba previsto este martes.
Al momento de analizar el pedido del ex Jefe de Estado, el juez consideró que Fernández como su defensa «conocen el hecho y la prueba que abarcan la imputación que le será formalizada en el acto que pretende suspender».
En ese mismo sentido, se indicó que fueron diversas las oportunidades en las que «se ha detallado el material probatorio que sustenta el motivo de sospecha» que condujo al magistrado a citar a indagatoria a Alberto Fernández tras el pedido del fiscal.
Entre los argumentos manifestados por la abogada de Alberto Fernández, se encuentra el pedido de acceso a los dispositivos electrónicos secuestrados en el marco del expediente «para poder elaborar la defensa».
Sin embargo, ese planteo se «introdujo recién el pasado 24 de enero», explicó Ercolini. Es decir: a pocas semanas de la fecha de indagatoria fijada desde el 27 de diciembre del 2024.
Contradiciendo otro de los fundamentos del escrito de Fernández, el magistrado dijo que el hecho de no hacer lugar al reclamo no vulnera ninguna de las garantías constitucionales, como aduce la defensa, «máxime teniendo en cuenta el tiempo que ha transcurrido desde el primer llamado de indagatoria al día en que se ha fijado su materialización».
Finalmente, el juzgado le recordó al ex Presidente que el Código Procesal Penal lo habilita a ampliar su declaración indagatoria la cantidad de veces que considere necesaria.
La imputación
La investigación inició en agosto del año pasado, cuando la ex primera dama lo denunció penalmente horas después de la información exclusiva que publicó Clarín sobre las pruebas que en sus manos tenía la justicia federal que exponían posibles hechos de violencia contra Yañez, por dos presentaciones formuladas por la abogada Silvina Carreira.
En esta causa el único acusado es Alberto Fernández, con lo cual una vez que se escuche su descargo, el magistrado deberá resolver si hay elementos suficientes para sostener la responsabilidad penal que la fiscalía a cargo de Ramiro González le atribuyó al solicitar que sea indagado.
El análisis de todas las pruebas reunidas durante los meses de pesquisa permitió al fiscal González “acreditar que el ex presidente Fernández ejerció distintos tipos de violencia contra su pareja, prácticamente, desde el inicio de su relación. De acuerdo a las definiciones de la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer, se pudo detectar violencia psicológica, física y económica”.
Esos sucesivos actos de violencia, consideró Ramiro González, ocurrieron durante «la particular relación asimétrica de poder con el agresor, por lo menos desde el año 2016 hasta que se formalizó la denuncia”.
Lo que señala la acusación es que Fernández “ejerció de un modo sistemático violencia psicológica contra Fabiola Yáñez bajo las formas de acosos, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”.
Cuando se radicó la denuncia penal (la misma se sorteó mediante un procedimiento habitual y recayó en el juzgado de Ercolini), la defensa del ex presidente Fernández consideró que el juez debería haberse excusado dado que “resulta contrario a los principios de imparcialidad que el mismo magistrado que libró actuaciones denunciando un delito, sea el mismo que decida la suerte de un caso”.
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