Un delfín sacado del agua, una perra enterrada viva, mulas sobrecargadas: cómo actuar frente al maltrato animalPor Fernanda Jara

Los distintos casos en que los animales padecen malos tratos se multiplican ante las miradas de muchas personas que no saben cómo actuar o qué hacer. Otras veces, deciden tomar parte y denunciar, pero quienes tienen la obligación de actuar no lo hacen o desestiman la situación.

A mediados de este mes, se conoció el padecimiento de las mulas en el Aconcagua a causa de las expediciones turísticas; el pasado jueves 23, la triste imagen viral de un delfín muerto en brazos de un turista en Mar del Tuyú, que rodeado de curiosos que tomaban fotos, enfureció a las redes; esta semana; la Comarca Andina se entristeció con la cruel agonía y muerte de Gorda, la perra que fue enterrada viva hasta el cuello en Bariloche.

Esos son algunos de los casos que salieron a la luz en lo que va del año y todos encuadran en maltrato y crueldad animal, delitos penados en Argentina por la única ley para la protección de animales domésticos o cautivos, la Ley Nacional N° 14.346, sancionada en 1954. Pese a su antigüedad, aún es un hito en el derecho latinoamericano y en el mundo porque considera a los animales “víctima” de un hecho delictivo y, de esa manera, les otorga una figura jurídica.

“El único instrumento legal de protección que nosotros (los abogados) tenemos hoy es una ley penal que, aunque sea vieja u obsoleta, nos dio una herramienta que es la consideración de los demás animales como víctimas. Eso quiere decir que una persona que es víctima en el derecho penal es sujeto de derecho. Entonces, al ser sujeto de derecho no tienen dueños sino que pasan a tener derecho a la dignidad, a la libertad, a la vida; y eso nos posibilitó salvarlos y poder sacarlos de las manos de los maltratadores”, explica Susana Dascalasky, abogada penalista y especializada en Derecho Animal, formadora a nivel nacional sobre la importancia de esa legislación.

Aunque mantiene su importancia como norma, el concepto de maltrato y crueldad animal evolucionó con la sociedad, lo que genera un desafío en la interpretación y aplicación de esta legislación. Una de las principales características que tiene es que, al tratarse de una norma penal, es taxativa. Esto significa que solo puede aplicarse en los casos expresamente indicados en su articulado.

Únicamente se va a poder actuar cuando el hecho que consideramos delictivo, o el hecho punible, está expresamente indicado en los incisos de esa ley.

En este sentido, no es posible aplicar la ley por analogía; es decir, no se pueden considerar punibles acciones similares a las descritas en la norma si no están textualmente mencionadas. Por esto, que uno de los problemas más frecuentes en la denuncia de maltrato animal radica en que ciertos actos que hoy se consideran crueles (y no lo fueron para los legisladores que redactaron la ley a mediados de la década del 50) no están tipificados como delitos en la ley vigente.

Pese a eso, existen herramientas y consideraciones importantes al momento de hacer la denuncia. Al ser una ley penal, es de obligatoriedad tomarla en las comisarías. No es opcional. La obligatoriedad rige en todos los casos; y si en una comisaría, por ejemplo, no quieren tomarla, el denunciante tiene el derecho de llevarse la información de quien se negó y poder hacer una denuncia por mal desempeño de funcionario público ya que se debe tomar ese tipo de denuncias como si se tratase de cualquier otro delito penal.

Elevar una denuncia ante un caso de maltrato animal en Argentina es un derecho y una responsabilidad ciudadana. Es clave conocer los procedimientos, insistir en que se tome la denuncia y apoyarse en pruebas para que la justicia actúe.

Se considera maltrato animal (Art. 2): no alimentar en cantidad y calidad suficiente; golpear o lastimar sin justificación; someter a trabajos excesivos sin descanso adecuado; usar instrumentos que provoquen sufrimiento. En tanto, se considera crueldad animal (Art. 3) matar a un animal con métodos crueles; causar sufrimientos innecesarios; intervenciones quirúrgicas sin anestesia (excepto veterinarios); experimentación en animales sin justificación científica.

¿Dónde se puede denunciar?

¿Quién debe denunciar?

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