El Banco Nación obtuvo una nueva cautelar contra el cobro de tasas municipales en Santa Fe


El Gobierno nacional volvió a sumar un antecedente en su favor ante la Justicia Federal para cuestionar la legalidad de las tasas de Seguridad e Higiene que perciben algunos municipios y comunas en el país, que toman como base de cálculo la misma facturación que se grava con Ingresos Brutos.

Esta vez, la Cámara Federal de Resistencia de Chaco revocó lo resuelto por el Juzgado Federal de la Ciudad de Reconquista, en Santa Fe, declarando la competencia federal para tratar en el asunto.

La medida de la Cámara hace lugar a un pedido de cautelar ejercido por el Banco Nación para suspender las tasas que le cobran a la entidad las municipalidades de Avellaneda y San Javier, en Santa Fe, informó el Banco Nación.

Frente a esta situación el banco argumentó a su favor indicando que “la ordenanza que sostiene estas tasas es inconstitucional” y que “le imponen un tributo municipal desproporcionado sobre una base imponible que excede la actividad que la entidad tiene en esas localidades y que el efecto final es un aumento en los costos de los créditos”.

De esta forma, la Justicia decretó la medida cautelar y ordenó a ambas municipalidades que se abstengan de reclamar, intimar, adoptar y/o proseguir cualquier acción judicial o extrajudicial tendiente a obligar a su parte a ingresar las sumas reclamadas en concepto de dichos gravámenes.

«Celebramos la comprensión de la Justicia para abrir una instancia de racionalidad y resolver el obstáculo que significan estas tasas municipales para lograr el desarrollo del crédito en el país, especialmente el hipotecario”, destacó el presidente del Banco Nación, Daniel Tillard.

Antecedente: en Córdoba, la semana pasada

La semana pasada, el Juzgado Federal 3 de la Ciudad de Córdoba, a cargo de Miguel Vaca Narvaja, hizo lugar a una medida cautelar similar pedida por el Banco Nación para suspender las tasas que le cobra la Municipalidad de Cruz del Eje.

Los argumentos del Banco son idénticos. Se basan en que la ordenanza que sostiene estas tasas es inconstitucional, que le imponen «un tributo municipal desproporcionado sobre una base imponible que excede la actividad que la entidad tiene en esa localidad y que el efecto final es un aumento en los costos de los créditos”.

“La localidad de Cruz del Eje integra el ranking -que lleva adelante el Banco Nación- que agrupa los 50 municipios más gravosos del país en orden a las tasas de servicios que cobran. En ese grupo los gravámenes municipales igualan la nómina salarial que tiene el Banco en cada localidad y ponen en riesgo su presencia física», se señaló en un comunicado de la entidad crediticia.



Los comentarios están cerrados.