La autoridad tributaria busca que las entidades reguladoras, como el Banco Central, la CNV, la UIF y el Ministerio Público Fiscal, entre otros, puedan acceder a información clave para investigaciones de delitos como el lavado de activos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la creación e implementación del «Registro Público de Beneficiarios Finales» (RBPF). Lo hizo por medio de la Resolución General 5529/2024, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial.
Puntos clave del Registro de Beneficiarios Finales
Es un registro centralizado que contiene información sobre las personas que controlan en última instancia a las empresas y otras entidades jurídicas.
- ¿Quién debe registrarse en el RBPF?
Las empresas y otras entidades jurídicas que estén obligadas a informar sobre sus beneficiarios finales, según la normativa vigente.
- ¿Cómo se accede al RBPF? Hay dos formas de acceder al RBPF:
Organismos: Organismos públicos como el Ministerio Público Fiscal, el Poder Judicial y la Unidad de Información Financiera (UIF) pueden acceder al RBPF para fines de investigación y/o prevención y/o represión de delitos.
Contribuyentes: Las empresas y otras entidades jurídicas pueden acceder a su propia información en el RBPF, así como a la información de sus beneficiarios finales.
- ¿Cuándo entra en vigencia el RBPF?
El RBPF entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial (este viernes 19 de julio). Los servicios para acceder al RBPF estarán disponibles 20 días hábiles después de la entrada en vigencia de la Resolución General.
El detalle de la norma según AFIP
La resolución está prevista en la ley 27.739, que modifica el Sistema Nacional de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en la República Argentina, y designa a la AFIP como la autoridad central para recopilar y mantener información actualizada sobre las personas que posean participación directa o indirecta en entidades comerciales y otras estructuras legales.
Quiénes son los beneficiarios finales
De esta manera, AFIP poseerá un registro centralizado de los beneficiarios finales. Estos son quienes tengan al menos 10% de participación, derechos de voto o control directo o indirecto sobre una sociedad o entidad legal.
Esta medida, en consonancia con estándares internacionales y la norma señala que representa un avance significativo hacia la transparencia fiscal y la erradicación de prácticas financieras ilícitas, alineándose con las recomendaciones de organismos globales.
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