ARCA mejora condiciones para el pago de anticipo del Impuesto a las Ganancias a las pymes


La mejora consiste en una flexibilización de las condiciones mediante el cual el contribuyente puede solicitar al organismo una reducción de anticipos. Como se sabe, el Impuesto a las Ganancias es un tributo anual que se va pagando anticipadamente hasta que se cancela el último pago, generalmente entre mayo y junio del año siguiente.

La empresa toma como base el impuesto liquidado en el período anterior y lo divide en 9 cuotas iguales de 11,11%.

Pero como el contribuyente puede prever que en función de los pagos que va haciendo puede terminar abonando de más, puede pedir a ARCA pagar menos por cuota.

Hasta ahora personas humanas y sucesiones indivisas podían ejercer la opción desde el tercer anticipo o desde el primero si se proyectaba una sobreestimación del 40% o más de la obligación del período al que son imputables los mismos.

En tanto, las personas jurídicas podían ejercerla desde el quinto anticipo, o desde el primero si se proyectaba una sobreestimación del 40% o más de la obligación del período al que son imputables los mismos.

Cuáles son los cambios

A partir de este martes 28 de octubre la personas humanas y sucesiones indivisas siguen sin cambios mientras que para las personas jurídicas se mantiene la posibilidad de solicitar la reducción desde el quinto anticipo, Pero se incorpora una nueva posibilidad:

  • Las personas jurídicas podrán ejercer la opción a partir del tercer anticipo si estiman que el total a ingresar supera en más del 25% el impuesto del período.
  • También se mantiene la opción desde el primer anticipo cuando la proyección supere el 40% del impuesto estimado.

El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, explicó que “se trata de un importante porque el régimen debe contemplar que los contribuyentes puedan recalcular y reducir los anticipos cuando se estime que su ingreso generará un saldo a favor”.

“Ahora, las personas jurídicas que encuadren en la modificación podrán solicitar la reducción con anterioridad. Sería conveniente que se modifique la norma y se le de el mismo trato a las personas humanas y sucesiones indivisas”, explicó Domínguez.

La medida también actualiza el monto que determina si corresponde aplicar el procedimiento especial para reducción de anticipos y se establece un mecanismo de actualización automática.

Este procedimiento especial implica que la solicitud de reducción no opera automáticamente, sino que queda sujeta a un control especial por parte de ARCA que lo tiene que otorgar a los 60 días. De ni hacerlo se entiende que queda aprobado en función de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Los contribuyentes podrán pedir la reducción de las cuotas a partir de una base de cálculo de $250.000.000 millones para los que están en caegoría 11, y $200.000.000 para el resto. Los montos se van a actualizar por IPC desde 2027.



Los comentarios están cerrados.